{"id":1778,"date":"2022-02-24T11:30:02","date_gmt":"2022-02-24T11:30:02","guid":{"rendered":"https:\/\/asesorianegocios.es\/?p=482"},"modified":"2022-02-24T11:30:02","modified_gmt":"2022-02-24T11:30:02","slug":"los-autonomos-ya-pueden-deducirse-las-comidas-de-trabajo-con-sus-clientes","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/politica-privacidad.com\/pablo\/los-autonomos-ya-pueden-deducirse-las-comidas-de-trabajo-con-sus-clientes\/","title":{"rendered":"Los aut\u00f3nomos ya pueden deducirse las comidas de trabajo con sus clientes"},"content":{"rendered":"<p>Si eres aut\u00f3nomo, seguro que una de las grandes preguntas que se te pasar\u00e1n por la cabeza es qu\u00e9 tipo de gastos puedes deducirse como gastos de empresa de cara a Hacienda. Uno de los que m\u00e1s conflictos ha generado en los \u00faltimos a\u00f1os entre empresas y la Agencia Tributaria son los gastos de las comidas de negocios. Sin embargo, el tribunal Supremo ya ha dictado sentencia y <strong>los aut\u00f3nomos <\/strong>ya pueden deducirse las comidas de trabajo con sus clientes<strong>.<\/strong><\/p>\n<p>Esto ha sido posible gracias a la sentencia 458\/2021 dictada por el Tribunal Supremo. Gracias a la nueva norma, los trabajadores por cuenta propia podr\u00e1n deducirse todo tipo de gastos derivados de comidas, cenas o regalos a clientes y proveedores sin necesidad de justificar un ingreso para el negocio.<\/p>\n<h1><strong>Algunas claves para entender la nueva norma que afecta a los aut\u00f3nomos <\/strong><\/h1>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La nueva norma aprobada por el Tribunal Supremo ha supuesto un antes y un despu\u00e9s en la tributaci\u00f3n de <strong>los aut\u00f3nomos<\/strong>, al menos en cierta medida. Y es que, a pesar de este evidente avance, los trabajadores por cuenta propia contin\u00faan encontr\u00e1ndose con muchos escollos a la hora de deducirse algunos gastos de empresa.<\/p>\n<p>Otra de las claves para entender esta nueva norma es que <strong>los aut\u00f3nomos <\/strong>deben justificar el gasto de la comida o cena que quiera deducirse. De esta forma, pueden elegir entre una serie de formas para esta justificaci\u00f3n de gasto. Algunas de las formas de justificaci\u00f3n v\u00e1lidas tras la aprobaci\u00f3n de esta sentencia son:<\/p>\n<ol>\n<li>Un email o correo electr\u00f3nico en el que el aut\u00f3nomo o empresario le comunica al cliente o proveedor que va a enviarle un detalle o que va a invitarle a comer o a cenar<\/li>\n<li>Un mensaje de texto tipo sms o a trav\u00e9s de una app de mensajer\u00eda instant\u00e1nea como WhatsApp o Telegram<\/li>\n<li>Una llamada telef\u00f3nica<\/li>\n<li>Que el nombre de ese cliente o proveedor aparezca en la lista de habituales del negocio.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Por tanto, gracias a la entrada en vigor de esta nueva norma dictada por el Tribunal Supremo, los aut\u00f3nomos ya no estar\u00e1n obligados a justificar un beneficio real tras el gasto a deducir, tal como se especificaba en la normativa tributaria, sino que s\u00f3lo ser\u00e1 necesario demostrar que realmente esa comida ha existido con un cliente mediante algunas de las v\u00edas mencionadas anteriormente.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Si eres aut\u00f3nomo, seguro que una de las grandes preguntas que se te pasar\u00e1n por la cabeza es qu\u00e9 tipo de gastos puedes deducirse como gastos de empresa de cara a Hacienda. 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